Convalidaciones Formación Profesional


CONVALIDACIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL


El alumnado que haya cursado otros estudios reglados (ciclos de FP, estudios universitarios, otra formación con validez académica) podrá solicitar convalidación de algunos de los módulos, siempre que haya superado una formación que incluya totalmente las capacidades terminales o resultados de aprendizaje y contenidos mínimos de los módulos profesionales de los ciclos formativos susceptibles de convalidación.

Las solicitudes de convalidación deben presentarse a comienzo de curso, no serán admitidas las que se presenten con posterioridad, salvo que se trate de una matrícula extraordinaria en cuyo caso se acompañarán a la matrícula. Pueden presentarse en las oficinas del centro o enviarse al email: oficina.iesduques@larioja.edu.es.

La documentación a adjuntar varía según las siguientes situaciones:

1) Solicitudes de convalidación del módulo autonómico de Inglés Técnico:

  • Como norma general se convalida con módulos profesionales, certificados y titulaciones universitarias oficiales, de Nivel Avanzado B2 o Superior.

  • Son competencia de la Consejería de Educación y Cultura y las solicitudes se presentan en el centro.

  • Impreso de solicitud de convalidaciones en FP (Rioja)

  • Al impreso de solicitud debe adjuntarse justificación documental de los estudios cursados (original o fotocopia compulsada de la certificación académica oficial).


2) Solicitudes de convalidación de otros módulos con otros Ciclos Formativos:

3) Solicitudes de convalidación de otros módulos con Estudios Universitarios u otro tipo de estudios (FP de 1º o 2º Grado):

  • Son competencia del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

  • Impreso de solicitud de convalidaciones en FP (Ministerio)

  • Instrucciones solicitud convalidaciones Ministerio de Educación

  • Consentimiento cesión datos convalidaciones

  • El solicitante debe registrarse en la Sede Electrónica del MEFP, desde donde podrá consultar el estado de su solicitud una vez que el Centro la registre en dicha Sede. Mientras el proceso está en trámite, el solicitante puede anular la solicitud presentando un escrito dirigido al Director del centro.
    La resolución se notifica directamente al solicitante, a través de la Sede Electrónica del MEFP, quien debe descargar el documento.

  • Si la resolución es positiva, el solicitante debe presentarla en el Centro para hacer efectiva la convalidación o, si no está interesado en hacerla efectiva, puede ejercer su derecho a la renuncia mediante un escrito dirigido al Director del centro.

  • Si la resolución es negativa y el solicitante está en desacuerdo puede interponer recurso ante el MEFP.


Se puede consultar la información que sobre este tema en este enlace al portal TodoFP:


Orientaciones:

La regulación de las convalidaciones se realiza en la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre.

El módulo de Formación y Orientación Laboral (FOL) de los ciclos formativos de los planes de estudios LOGSE, una vez superado, convalida a cualquier módulo del mismo nombre de los actuales ciclos formativos LOE, siempre que se cuente con la certificación de prevención de riesgos laborales de nivel básico. (Excepto en el caso de tener el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales)

  • Los módulos profesionales que hayan sido previamente convalidados no podrán ser causa de una nueva convalidación con otros módulos profesionales

  • Los módulos profesionales convalidados se calificarán, a efectos de obtención de la nota media, con un 5. No obstante, hay una serie de módulos comunes (tienen el mismo código) a varias titulaciones que serán considerados módulos idénticos y cuyas calificaciones, una vez superados, se trasladarán a cualquiera de los ciclos en los que dichos módulos estén incluidos.

  • A modo orientativo puede usarse la HERRAMIENTA DE CONVALIDACIONES del Ministerio de Educación y FP.

  • No se tramitarán solicitudes que aporten: Títulos propios no oficiales de universidad, certificados de idiomas no oficialmente aceptados, experiencia laboral, formación no formal, titulaciones extranjeras homologadas, títulos equivalentes LOGSE, ni formaciones de otros ministerios que tienen concedida por normativa la equivalencia general o específica.